Tribunal Administrativo de Córdoba confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías a docente
Proviene de: Sentencias
14 de agosto de 2025 12:40:49
Providencia y tribunal competente
La Sala Segunda de Decisión del Tribunal Administrativo de Córdoba emitió una sentencia de segunda instancia el 20 de junio de 2025, confirmando la decisión adoptada por el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería el 30 de octubre de 2024. El proceso corresponde a un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, con radicación número 23001333300 220230012101, en el cual se resolvió un recurso de apelación interpuesto por el departamento de Córdoba.Antecedentes fácticos y procesales
La parte actora, quien laboraba como docente en los servicios educativos estatales del departamento de Córdoba, presentó solicitud ante el Ministerio de Educación Nacional y el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) para el reconocimiento y pago de sus cesantías parciales el 7 de octubre de 2021. La Secretaría de Educación del departamento reconoció el derecho mediante Resolución No. 5555 del 29 de diciembre de 2021, pero el pago efectivo de la cesantía se realizó el 4 de marzo de 2022, superando los plazos legales establecidos. Ante esta demora, la docente solicitó el reconocimiento de la sanción moratoria prevista en la Ley 244 de 1995, modificada por la Ley 1071 de 2006, y en la Ley 1955 de 2019. Dicha petición fue negada por la entidad territorial mediante oficio sin número del 26 de septiembre de 2022, lo que motivó la demanda que dio origen al proceso judicial. El juzgado de primera instancia declaró la nulidad del oficio que negó la sanción y condenó al departamento de Córdoba a pagar la multa correspondiente a 42 días de mora, calculada...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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