Tribunal Administrativo de Sucre niega nulidad sobre impuesto de industria y comercio en Sincelejo
Proviene de: Sentencias
14 de agosto de 2025 12:46:49
Providencia y contexto procesal
El Tribunal Administrativo de Sucre, en segunda instancia, dictó una sentencia anticipada sobre el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado por una sociedad dedicada a la consultoría e ingeniería eléctrica contra el Municipio de Sincelejo. La demanda cuestionaba dos actos administrativos: una resolución sancionatoria por no declarar el impuesto de industria y comercio y la resolución que negó el recurso de reconsideración interpuesto contra la sanción.
El litigio se centró en la obligación tributaria en relación con el impuesto de industria y comercio correspondiente a los años gravables 2012 a 2016. La sociedad demandante alegó que la actividad gravada se desarrollaba principalmente en Bogotá D.C., donde tenía su sede principal y realizaba la elaboración del producto final, por lo que el pago del impuesto debía efectuarse únicamente en esa jurisdicción. Por el contrario, el Municipio de Sincelejo sostuvo que la actividad de interventoría se realizó en su jurisdicción, configurando el hecho generador del impuesto en ese territorio.
Antecedentes fácticos y normativos
La parte demandante reconoció la ejecución de labores de campo en Sincelejo, consistentes en el levantamiento de información, y la elaboración posterior de informes de ingeniería en Bogotá D.C. Argumentó que esta diferenciación implicaba que la prestación del servicio debía tributar únicamente en la capital del país, pues la actividad de consultoría, entendida como la elaboración del producto final, se realizaba allí. En consecuencia, sostuvo que declarar y pagar el ICA en Sincelejo implicaría una doble tributación.
El Municipio de Sincelejo, por su parte, fundamentó su posición en que la actividad realizada constituía un servicio prestado en su...
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