Tribunal Administrativo del Putumayo declara carencia actual de objeto en acción de tutela por derecho de petición no respondido
Proviene de: Sentencias
14 de agosto de 2025 12:48:14
Contexto y Competencia
El Tribunal Administrativo del Putumayo, en su Sala Unitaria y en ejercicio de su competencia constitucional y legal, conoció y resolvió en primera instancia el proceso correspondiente a la acción de tutela radicada contra el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Mocoa. La acción fue promovida con el fin de proteger el derecho fundamental de petición, amparado en el artículo 86 de la Constitución Política y regulado por el Decreto 2591 de 1991 y el Decreto 1069 de 2015.
Antecedentes de la Acción
El accionante, actuando como apoderado judicial en un proceso de reparación directa, presentó la acción de tutela aduciendo que el juzgado demandado no había respondido oportunamente varias solicitudes realizadas mediante el sistema electrónico de correspondencia judicial, SAMAI. Estas peticiones estaban relacionadas con la expedición del auto de liquidación de costas procesales y la entrega de copias auténticas de sentencias de primera y segunda instancia, así como la constancia de ejecutoria de la última.
Se alegó que, a pesar de que el Tribunal Administrativo de segunda instancia profirió sentencia favorable en marzo de 2023, revocando la decisión de primera instancia y condenando a la Nación-Ministerio de Defensa-Armada Nacional, el juzgado responsable no había dado cumplimiento a lo ordenado, lo que impedía al apoderado radicar la cuenta de cobro correspondiente, poniendo en riesgo la prescripción del título ejecutivo y la caducidad del proceso ejecutivo.
El juzgado accionado contestó indicando que el derecho de petición había sido respondido el mismo día de la interposición de la tutela, enviando las constancias de las sentencias y que sólo quedaba pendiente la constancia de ejecutoria...
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