Corte Suprema de Justicia define competencia en proceso ejecutivo contra entidad financiera de economía mixta
Proviene de: Sentencias
15 de agosto de 2025 16:16:25
Contexto y antecedentes del conflicto de competencia
La Corte Suprema de Justicia, en su Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, se pronunció sobre un conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías de Guadalupe, Santander, y el Juzgado Veinte Civil Municipal de Bogotá, en el marco de un proceso ejecutivo promovido por una entidad financiera de economía mixta del orden nacional.
El proceso se originó tras la presentación de una demanda ejecutiva para hacer efectiva una garantía real sobre un inmueble hipotecado, cuya matrícula inmobiliaria está registrada en el municipio de Socorro, Santander. La entidad demandante solicitó además una medida cautelar consistente en el embargo y secuestro del bien inmueble. La demanda fue inicialmente asignada al juzgado de Guadalupe, dada la ubicación de la agencia de la entidad vinculada con el caso y el lugar de cumplimiento de la obligación. Sin embargo, el juzgado de Guadalupe declaró su falta de competencia, apoyándose en el fuero privativo previsto en el numeral 10º del artículo 28 del Código General del Proceso, aplicable a entidades descentralizadas por servicios. Posteriormente, el juzgado de Bogotá declinó el conocimiento y planteó la colisión negativa de competencia, señalando la concurrencia de normas legales que podrían asignar la competencia tanto al juzgado del domicilio de la entidad como al juzgado del lugar de cumplimiento de la obligación.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
La Corte Suprema inició su análisis recordando la naturaleza jurídica de la entidad financiera, calificada como sociedad de economía mixta del orden nacional, sujeta al régimen de empresa industrial y...
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