Corte Suprema resuelve conflicto de competencia entre juzgados de Barranquilla y Cúcuta en proceso ejecutivo
Proviene de: Sentencias
15 de agosto de 2025 16:25:11
Contexto y antecedentes del conflicto
La decisión fue proferida por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en el marco de un conflicto de competencia entre el Juzgado Veinticuatro de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple Desconcentrado Localidad Norte – Centro Histórico de Barranquilla y el Juzgado Tercero Civil Municipal de Cúcuta. La controversia surgió a raíz de una demanda ejecutiva presentada por una cooperativa de ahorro y crédito contra una persona natural, en la que se solicitó librar mandamiento de pago sobre las sumas contenidas en un pagaré. La parte actora radicó la demanda inicialmente en Barranquilla, señalando expresamente que dicha jurisdicción era competente tanto por la vecindad (domicilio) de las partes como por el lugar de cumplimiento de la obligación, según consta en el mismo título ejecutivo. Sin embargo, el juzgado en Barranquilla declaró su falta de competencia territorial, basándose en un acuerdo interno de la Corte Suprema que limita su jurisdicción a la localidad norte-centro histórico. Por su parte, el juzgado en Cúcuta no asumió el conocimiento del proceso y promovió un conflicto negativo de competencia, argumentando que el pagaré estipulaba como lugar de cumplimiento la ciudad de Barranquilla, lugar que había sido elegido por la parte actora.Consideraciones jurídicas de la Corte Suprema
La Sala recordó que el artículo 28 del Código General del Proceso establece reglas claras sobre la competencia territorial en procesos contenciosos. La regla general indica que es competente el juez del domicilio del demandado, salvo disposición legal en contrario. No obstante, en casos originados en un negocio jurídico o que...Más noticias sobre Derecho Civil
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