Sala de Casación Laboral declara desierto recurso por incumplimiento de término procesal
Proviene de: Sentencias
15 de agosto de 2025 16:39:12
Providencia proferida por la Sala de Casación Laboral
La decisión objeto de análisis corresponde a un auto judicial emitido por la Sala de Casación Laboral, instancia máxima en materia laboral, con competencia para revisar las sentencias de tribunales inferiores mediante recurso de casación. Este auto fue dictado en el marco de un proceso laboral en curso, identificado con la radicación número 17001-31-05-003-2020-00399-01.Antecedentes fácticos y procesales
En el proceso laboral que enfrenta a una ciudadana contra una empresa del sector de casinos, la parte actora interpuso un recurso de casación ante la Sala competente. Sin embargo, se determinó que dicho recurso no fue presentado dentro del término legal previsto para su interposición. La normativa aplicable, en particular el artículo 65 del Decreto 528 de 1964, establece claramente los plazos para la presentación de este tipo de recursos, y el incumplimiento de estos genera consecuencias procesales específicas.Razones y consideraciones del auto
La Sala de Casación Laboral, al analizar la situación procesal, constató la falta de presentación oportuna del recurso de casación. En virtud de la regulación vigente, la presentación extemporánea de este recurso implica que el mismo debe ser declarado desierto. Esta medida se fundamenta en la necesidad de garantizar la seguridad jurídica y la celeridad en los procesos judiciales, evitando dilaciones indebidas. El auto en cuestión, por lo tanto, declara la deserción del recurso de casación interpuesto y ordena que el expediente sea devuelto al tribunal de origen para que continúe con el trámite correspondiente conforme a las normas procesales. Además, se dispuso la notificación y publicación de la providencia, asegurando así la transparencia y...Más noticias sobre Derecho Laboral
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