Admiten recurso de casación y desistimiento en proceso contra Administradora Colombiana de Pensiones
Proviene de: Sentencias
15 de agosto de 2025 16:40:48
Providencia dictada por la Corte Suprema en segunda instancia
La providencia analizada es un auto proferido por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia de Colombia, en su función de revisión en segunda instancia, mediante el cual se admiten dos decisiones procesales: el recurso de casación presentado y el desistimiento de otro recurso interpuesto en el marco de una controversia laboral contra la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).
El expediente judicial, identificado con el radicado n.° 66001-31-05-004-2019-00153-01, fue conocido en Bogotá el 30 de julio de 2025. La decisión fue tomada por magistrados ponentes de la Sala Laboral y se limita a resolver aspectos formales del proceso sin entrar al fondo del asunto discutido en instancias previas.
Antecedentes del proceso
La controversia se originó en el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, donde se emitió una sentencia relacionada con una acción laboral presentada por un grupo de demandantes contra la entidad administradora del régimen pensional colombiano. Posteriormente, se interpusieron recursos de casación para impugnar dicha decisión.
Sin embargo, uno de los recursos fue desistido voluntariamente por los apoderados de los demandantes, mientras que el otro fue admitido para su trámite ante la Corte Suprema. La providencia se pronuncia sobre estos movimientos procesales y determina el curso a seguir.
Consideraciones y fundamentos de la decisión
El auto de la Corte Suprema reconoce expresamente la admisión del recurso de casación, lo que implica que la Sala Laboral encontró que se cumplen los requisitos formales y sustantivos para su trámite y eventual decisión de fondo.
Simultáneamente, la Sala acepta el desistimiento formulado por los apoderados de los demandantes...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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