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Sala de Casación Laboral declara desierto recurso por presentación extemporánea

Proviene de: Sentencias

15 de agosto de 2025 16:42:34

Providencia dictada por la Sala de Casación Laboral

La providencia en cuestión es un auto judicial proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en el marco de un proceso laboral. Esta sala, que representa la instancia máxima en materia laboral dentro del orden jurisdiccional colombiano, resolvió sobre la admisibilidad de un recurso de casación interpuesto contra una entidad administradora de fondos de pensiones y cesantía.

Antecedentes fácticos y procesales

El caso se originó por una controversia entre un demandante y una administradora de fondos de pensiones y cesantía. Tras el trámite inicial y la decisión del Tribunal de origen, la parte demandante interpuso un recurso de casación con el propósito de impugnar la sentencia desfavorable. Sin embargo, el recurrente no presentó formalmente la demanda de casación dentro del término de traslado otorgado por la ley. El término de traslado es un plazo procesal definido que permite a la parte afectada presentar los documentos y argumentos necesarios para que el tribunal de casación conozca y evalúe la procedencia del recurso. La no presentación dentro de dicho término implica la pérdida del derecho a que se revise la decisión anterior mediante este mecanismo.

Consideraciones jurídicas y fundamentación de la decisión

La Sala de Casación Laboral basó su decisión en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964, que establece de manera clara y precisa la obligación de presentar la demanda de casación dentro del término legal. Este artículo señala que la falta de presentación extemporánea del recurso debe llevar a la declaración de desierto del mismo. El tribunal enfatizó que el respeto a...

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