Providencia de la Corte Suprema de Justicia rechaza impugnación por extemporánea en acción de tutela
Proviene de: Sentencias
15 de agosto de 2025 21:43:46
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en calidad de tribunal de última instancia, profirió un auto mediante el cual se rechazó una impugnación por extemporánea en el marco de una acción de tutela. Esta providencia fue dictada el cinco de agosto de dos mil veinticinco y responde a un recurso presentado contra un fallo emitido el tres de junio del mismo año.Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue presentada contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de una ciudad importante y el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de dicha jurisdicción. El promotor del resguardo fue notificado personalmente de la sentencia de tutela el trece de junio de dos mil veinticinco. Posteriormente, la parte accionante interpuso la impugnación el veinticinco de junio, es decir, fuera del término legal establecido. El artículo 31 del Decreto 2591 de 1991 establece un plazo de tres días para interponer impugnaciones contra sentencias emanadas en procesos de tutela. En este caso, el término comenzó a correr desde la fecha de la notificación personal, y la impugnación presentada excedió ampliamente ese límite. Cabe destacar que una comunicación fechada el veinte de junio no se consideró suficiente para modificar la fecha de notificación ni para alterar el cómputo del término legal, ya que la primera notificación personal se realizó de manera adecuada y oportuna.Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala de Casación Penal fundamentó su decisión en la estricta aplicación del artículo 31 del Decreto 2591 de 1991, que regula los términos...Más noticias sobre Derecho Penal
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