Corte Suprema declara nulidad en proceso de tutela por falta de notificación a terceros interesados
Proviene de: Sentencias
15 de agosto de 2025 21:48:28
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial en análisis corresponde a un auto proferido por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia, el 22 de mayo de 2025. El tribunal conoció la impugnación presentada contra una sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, emanada el 23 de abril del mismo año, dentro del trámite de una acción de tutela.Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue promovida contra un juzgado civil del circuito de Bogotá, en relación con un litigio que involucra una cesión de derechos sobre un crédito hipotecario y un proceso de negociación de deudas de una persona natural no comerciante. En dicho proceso, se discutía la validez de una cesión realizada en favor de una sociedad comercial, así como la negociación de pasivos relacionada con el ejecutado. Durante el trámite en primera instancia, se identificó que no se vinculó ni notificó a varios terceros con interés legítimo en la controversia, entre ellos la sociedad cesionaria, un centro de conciliación y los acreedores involucrados en la negociación de deudas. Esta omisión motivó la presentación de la impugnación que fue conocida por la Corte Suprema.Consideraciones jurídicas de la Corte Suprema
El tribunal superior omitió la vinculación al debate supralegal de las partes interesadas, lo que constituye una causal de nulidad conforme al numeral 8° del artículo 133 del Código General del Proceso, aplicado en virtud del Decreto 306 de 1992. La Corte recordó que el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991 establece la obligación de notificar a...Más noticias sobre Derecho Civil
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