Corte Suprema de Justicia modifica cálculo actuarial y reconocimiento de pensión de vejez en caso laboral contra la Flota Mercante
Proviene de: Sentencias
15 de agosto de 2025 22:3:14
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial fue proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia, tras el recurso de casación presentado contra una sentencia del Juzgado Treinta y Ocho Laboral del Circuito de Bogotá. El proceso ordinario laboral fue promovido por un trabajador contra la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, la administradora fiduciaria del patrimonio autónomo Panflota, Retramar S.A. como mandataria de la Flota Mercante, la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y una sociedad asesora en derecho.Antecedentes fácticos y procesales
El trabajador demandó para que se declarara su calidad de beneficiario del régimen de transición previsto en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993 y que se le aplicara el Acuerdo 049 de 1990. Alegó haber prestado servicios como ingeniero en diversas embarcaciones de la Flota Mercante Gran Colombiana S.A., cuya actividad fue absorbida por Retramar S.A. Solicitó que la administradora Panflota emitiera la resolución de bono pensional o cálculo actuarial correspondiente y exigió el reconocimiento y pago de la pensión de vejez desde mayo de 2018, con una tasa de reemplazo del 90 % y los incrementos legales. Subsidiariamente, en caso de no prosperar la solicitud principal, pidió que se reconociera la pensión con base en la Ley 71 de 1988 y que la Federación Nacional de Cafeteros entregara el cálculo actuarial a la administradora del régimen de prima media con prestación definida. El Juzgado Treinta y Ocho Laboral del Circuito de Bogotá, en sentencia de 28 de enero de 2020, reconoció la...Más noticias sobre Derecho Laboral
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