Corte Suprema confirma improcedencia de tutela en proceso ejecutivo de alimentos en Bogotá
Proviene de: Sentencias
15 de agosto de 2025 22:7:25
Providencia judicial en la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural
La Corte Suprema de Justicia, en su Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, profirió una sentencia el 9 de julio de 2025, mediante la cual resolvió la impugnación presentada contra un fallo previo de la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. La acción de tutela en cuestión fue instaurada en contra del Juzgado Cuarto de Familia de Bogotá, extendiéndose a los demás intervinientes en un proceso ejecutivo de alimentos.Antecedentes fácticos y procesales
El accionante, quien se encontraba en calidad de ejecutado en el proceso de alimentos, solicitó al juzgado ordenar el levantamiento de las medidas cautelares impuestas y el pago de los títulos de depósito judicial. Argumentó que, después de haberse aprobado una conciliación entre las partes, requirió las comunicaciones relativas a dichos trámites, sin obtener respuesta, lo que a su juicio constituía una vulneración de su derecho fundamental de petición. Por su parte, el juzgado accionado informó que desde el 24 de abril de 2025 se expidieron las órdenes de levantamiento de medidas cautelares y que posteriormente autorizó el pago correspondiente de los títulos judiciales. Asimismo, las entidades financieras involucradas, entre ellas una caja de retiro y un banco, confirmaron haber cumplido con las órdenes judiciales impartidas. En consecuencia, la Sala de Familia declaró improcedente la tutela por carencia actual de objeto, considerando que el hecho que motivó la acción había sido superado. El accionante interpuso recurso de impugnación, alegando que persistía una omisión en el trámite para el desembargo y en la entrega efectiva de...Más noticias sobre Derecho Civil
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