Corte Suprema confirma improcedencia de tutela por premura en solicitud de desistimiento tácito en proceso de servidumbre
Proviene de: Sentencias
15 de agosto de 2025 22:14:48
Contexto y tribunal que profiere la providencia
La providencia analizada corresponde a una sentencia emitida por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia de control constitucional y procesal. La decisión fue adoptada en sesión celebrada el 23 de julio de 2025, en Bogotá, y responde a la impugnación de un fallo anterior proferido por la Sala Civil - Familia del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cundinamarca. Este tribunal había declarado improcedente una acción de tutela presentada en el marco de un litigio de imposición de servidumbre.Antecedentes fácticos y procesales
El caso tiene su origen en un proceso verbal de imposición de servidumbre iniciado en 2010 por una sociedad contra un condominio campestre. Durante el desarrollo del proceso, se integró un litisconsorcio con los titulares de dominio afectados. En abril de 2025, el condominio solicitó al juez natural que se pronunciara sobre una petición de desistimiento tácito, prevista en el artículo 317 del Código General del Proceso, debido a una aparente inactividad judicial desde julio de 2019. Ante la falta de respuesta, el condominio interpuso una acción de tutela para exigir una pronta decisión. El juzgado de primera instancia defendió la legalidad de sus actuaciones y señaló que resolvería la solicitud conforme al trámite. Por su parte, la sociedad demandante se opuso al amparo argumentando la inviabilidad del desistimiento tácito reclamado. La Sala Civil - Familia del Tribunal Superior de Cundinamarca declaró improcedente la tutela por ser presentada de forma prematura. Contra esta decisión, el condominio interpuso recurso de impugnación, reiterando la existencia de...Más noticias sobre Derecho Civil
No se encontraron sugerencias