Corte Suprema confirma decisión sobre tutela relacionada con fijación de fecha para remate en proceso ejecutivo prendario
Proviene de: Sentencias
15 de agosto de 2025 22:22:30
Contexto y naturaleza de la providencia
La Corte Suprema de Justicia, en su Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, emitió una sentencia el 30 de julio de 2025, en el marco de un proceso de tutela impugnada que se originó en la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. La tutela fue instaurada contra el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bogotá y otros intervinientes, en relación con la demora en la fijación de fecha para el remate de un bien objeto de garantía prendaria.Antecedentes fácticos y procesales
La parte accionante, a través de su representante legal, presentó tutela invocando la protección del derecho de petición, solicitando que en un plazo de 48 horas el juzgado fijara fecha para el remate del bien que garantizaba una obligación en un proceso ejecutivo prendario. La petición se basó en que, a pesar de haber efectuado la solicitud el 3 de junio de 2025, el juzgado no había respondido ni adoptado medidas frente a dicha solicitud durante un mes. El Juzgado Tercero Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias respondió que la solicitud había sido atendida mediante un auto fechado el 1 de julio de 2025 y notificado el día siguiente. Sin embargo, la parte accionante consideró insatisfactoria esta respuesta, argumentando que el proceso lleva más de 15 años sin que se haya podido adelantar el remate del vehículo, objeto de la garantía prendaria, y que el requerimiento adicional hecho por el juzgado a la entidad de tránsito no debía impedir la fijación del remate. El Tribunal Superior de...Más noticias sobre Derecho Civil
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