Corte Suprema confirma cuota alimentaria provisional y delimita alcance de la acción de tutela en materia familiar
Proviene de: Sentencias
15 de agosto de 2025 22:24:5
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia en análisis corresponde a una sentencia proferida por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia en segunda instancia. La decisión fue adoptada en el marco de una impugnación de una acción de tutela que buscaba dejar sin efecto una sentencia del Juzgado Séptimo de Familia de Cali, la cual había confirmado la cuota alimentaria provisional establecida por el Defensor de Familia del Centro Zonal del ICBF.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó tras la fijación de una cuota alimentaria provisional para una menor de dos años por parte del Defensor de Familia, luego de que fracasara una audiencia de conciliación entre los progenitores. La cuota fue judicialmente homologada, pero el progenitor interpuso una acción de tutela alegando vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia. Argumentó que la cuota era excesiva y no se valoraron adecuadamente las pruebas presentadas para demostrar su capacidad económica. El Juzgado Séptimo de Familia, al analizar la acción de tutela, negó la protección solicitada, confirmando la cuota alimentaria. Esta decisión fue impugnada ante la Corte Suprema de Justicia, que debía resolver si existía alguna vulneración constitucional que justificara la intervención a través de la tutela.Consideraciones jurídicas y fundamentos de la Corte Suprema
La Corte inició su análisis recordando que la acción de tutela es un mecanismo constitucional de protección de derechos fundamentales, con carácter subsidiario y residual, que no debe sustituir ni desplazar los medios ordinarios de defensa ni la competencia de los jueces naturales....Más noticias sobre Derecho Civil
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