Corte Suprema confirma improcedencia de tutela en proceso de liquidación judicial ante Superintendencia de Sociedades
Proviene de: Sentencias
15 de agosto de 2025 22:27:31
Providencia y tribunal que conoce el caso
La decisión corresponde a una sentencia proferida por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en instancia de casación. Se resuelve la impugnación contra el fallo emitido por la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Bogotá, que había declarado improcedente la tutela promovida en contra de la Superintendencia de Sociedades y el liquidador judicial de una sociedad en liquidación.Antecedentes fácticos y procesales
La accionante, en ejercicio de su derecho fundamental, solicitó la protección judicial frente a la omisión de reconocimiento de su acreencia en el proceso de liquidación judicial de una sociedad comercial. Inicialmente, la sociedad fue admitida a un proceso de reorganización ante la Superintendencia de Sociedades. Posteriormente, se abrió el trámite de liquidación judicial, durante el cual el liquidador no incluyó el crédito reclamado por la accionante en el acuerdo de acreedores. La accionante intentó obtener el reconocimiento de dicho crédito en la audiencia de confirmación del acuerdo y mediante escritos dirigidos a las autoridades vinculadas, sin éxito. Argumentó que esto vulneró sus derechos al debido proceso y acceso a la administración de justicia, por lo que promovió la tutela solicitando la incorporación del crédito en el acuerdo de acreedores, incluso de forma extemporánea conforme al artículo 69, numeral 5 de la Ley 1116 de 2006. La Superintendencia de Sociedades alegó la improcedencia de la acción por incumplimiento de cargas procesales por parte de la accionante y señaló que la solicitud de reconocimiento debía tramitarse como crédito legalmente postergado. Por su parte, el...Más noticias sobre Derecho Civil
No se encontraron sugerencias