Corte Constitucional se inhibe de pronunciarse sobre demanda contra requisitos para pensión de sobrevivientes en estudiantes
Proviene de: Sentencias
19 de agosto de 2025 14:21:3
Providencia y contexto procesal
La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de su competencia constitucional establecida en los artículos 241.4 y 242 de la Constitución Política, dictó la Sentencia C-181 de 2025, con ponencia del magistrado presidente, en relación con la acción pública de inconstitucionalidad presentada contra los incisos 2 y 3 parcialmente del artículo 2 de la Ley 1574 de 2012. Esta ley regula la condición de estudiante para el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes. La demanda fue interpuesta contra disposiciones que establecen una carga horaria académica mínima —de veinte horas semanales o 160 horas por periodo académico— para que los hijos mayores de edad del causante puedan acceder o mantener el derecho a la pensión de sobrevivientes. Se alegó que estas exigencias vulneraban los derechos constitucionales a la igualdad y protección especial de mujeres embarazadas, en lactancia o posparto, y personas con discapacidad con una pérdida de capacidad inferior al 50%, pues la norma no contempla excepciones para estos casos.Antecedentes de la demanda y admisibilidad
La demanda fue inicialmente admitida parcialmente, respecto de los cargos relacionados con la vulneración del derecho a la igualdad (artículo 13), la protección especial a las mujeres en estado de embarazo o lactancia (artículo 43) y los derechos de las personas con discapacidad (artículo 47). Otros cargos fueron inadmitidos por falta de carga argumentativa suficiente y claridad. Durante la sustanciación, el demandante presentó un escrito de corrección para precisar sus argumentos, insistiendo en que la ley impone un requisito objetivo y uniforme que no contempla excepciones para quienes, por razones de salud o maternidad,...Más noticias sobre Derecho Constitucional
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