Entidades y normativa que sustentan la resolución
La Resolución RT 00729 fue emitida el 5 de agosto de 2025 por la Dirección Territorial Meta de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas (UAEGRTD) y publicada en el Diario Oficial No. 53.217 el 19 de agosto de 2025. Esta decisión se fundamenta en la Ley 1448 de 2011 —la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras—, particularmente en sus artículos 18, 73 y 76, que establecen los principios de gradualidad, progresividad y los criterios para la restitución de tierras. Además, se sustenta en el Decreto 1071 de 2015 y en otras resoluciones previas que regulan el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente (RTDAF).
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema central de la resolución es la microfocalización de un área específica dentro de la zona rural del municipio de Puerto Rico, departamento del Meta, para avanzar en la inscripción y trámite administrativo en el RTDAF. Esta decisión está dirigida principalmente a las víctimas del conflicto armado que han sufrido despojo o abandono forzoso de tierras en dicha área, así como a las entidades estatales encargadas de garantizar la restitución, seguridad y acompañamiento en el proceso.
Este enfoque es relevante porque permite concentrar los esfuerzos institucionales en zonas con alta concentración de solicitudes de restitución y condiciones que favorecen el retorno seguro de las víctimas, atendiendo a los principios constitucionales y legales que rigen la materia.
Finalidad y decisiones clave
El propósito principal de la resolución es implementar un proceso de microfocalización para definir con precisión las áreas geográficas objeto de intervención en el marco del RTDAF. La microfocalización permite diseñar estrategias efectivas para la restitución de tierras, garantizando que la intervención estatal se realice en zonas con condiciones mínimas de seguridad y viabilidad para el retorno de las víctimas.
Entre las decisiones más importantes se encuentran:
- Microfocalización de las veredas Caños Negros, Caño Raya y Guacamayas en la zona rural del municipio de Puerto Rico, Meta, conforme al mapa oficial MT50590MF003 y las coordenadas geográficas establecidas bajo el sistema MAGNA-SIRGAS.
- Seguimiento y verificación por parte del Comité Operativo Local de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente (COLR) para monitorear la situación de seguridad y las condiciones para el retorno sostenible de las víctimas.
- Remisión de la resolución a diversos organismos e instituciones regionales y nacionales, incluyendo la Gobernación del Meta, la Alcaldía Municipal de Puerto Rico, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría y la Unidad para la Atención Integral de las Víctimas, con el fin de coordinar acciones que garanticen la restitución.
- Establecimiento de la imposibilidad de interponer recursos contra la resolución, ratificando su carácter definitivo y de cumplimiento obligatorio.
Contexto de seguridad y colaboración interinstitucional
La resolución toma en cuenta un riguroso análisis del contexto de seguridad en la zona, basándose en informes técnicos emitidos por el Ministerio de Defensa Nacional, la Policía Nacional y el Centro Integrado de Inteligencia para la Restitución de Tierras (CI2RT). Dichos informes reportan la presencia activa de grupos armados ilegales que afectan la seguridad y la ejecución del proceso de restitución.
A pesar de este panorama, las fuerzas militares y policiales han manifestado su disposición para acompañar el proceso, implementando medidas de seguridad estrictas y coordinaciones previas para garantizar la integridad de las víctimas y funcionarios. De igual manera, la Defensoría del Pueblo ha enfatizado la importancia de utilizar las alertas tempranas no como obstáculos, sino como herramientas para fortalecer las medidas de protección en el marco de los procedimientos de restitución.
Además, la resolución destaca la ausencia de respuestas por parte de algunas entidades locales consultadas, como la Alcaldía Municipal y la Personería de Puerto Rico, lo que evidencia desafíos en la articulación institucional que podrían afectar la implementación del programa.
Fundamentos legales y principios rectores
La resolución se apoya en varios fundamentos normativos, entre ellos:
- Ley 1448 de 2011: Establece las funciones de la UAEGRTD, el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente, y los principios de gradualidad y progresividad para la restitución.
- Decreto 1071 de 2015 y sus modificaciones: Regulan el procedimiento de focalización y definen los criterios técnicos y operativos para la implementación del RTDAF.
- Resoluciones previas: Que establecen procedimientos específicos para la inscripción y certificación en el registro.
Estos marcos normativos garantizan que la restitución se realice de manera ordenada, segura y conforme a las garantías constitucionales y legales.
Impacto potencial de la resolución
La microfocalización establecida en esta resolución representa un avance significativo en la implementación del programa de restitución de tierras en el Meta. Al priorizar zonas con alta densidad de solicitudes y condiciones mínimas de seguridad, se promueve un retorno más efectivo y sostenible de las víctimas del conflicto armado.
Además, la coordinación interinstitucional y la inclusión de informes técnicos y sociales fortalecen la capacidad estatal para enfrentar los retos de seguridad y garantizar el respeto de los derechos fundamentales en el proceso. Sin embargo, la resolución también pone en evidencia la necesidad de mejorar la respuesta y participación de algunas entidades locales para asegurar un acompañamiento integral.
Finalmente, esta medida se enmarca en el cumplimiento de los compromisos estatales sobre reparación y derechos humanos, reflejando un esfuerzo para avanzar en la reparación integral de las víctimas mediante un enfoque territorial y diferenciado.
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Para consultar la resolución completa y sus anexos, puede acceder al Diario Oficial No. 53.217 de 19 de agosto de 2025 o a la página oficial de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas.