El proyecto de resolución establece un nuevo marco normativo para optimizar la respuesta del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) a las necesidades de las víctimas. La propuesta se fundamenta en la Ley 1448 de 2011 y busca alinear el programa con las directrices de la Política Nacional de Salud Mental y otras iniciativas de paz del Gobierno Nacional.
Una nueva gobernanza para el Programa
Una de las innovaciones más relevantes del proyecto es la creación del
Comité Institucional de Dirección del Programa, una instancia interna del Ministerio de Salud encargada de definir, coordinar y orientar la implementación, monitoreo y seguimiento de la iniciativa. Este comité, presidido por la Oficina de Promoción Social, estará integrado por delegados de diversas dependencias del Ministerio, asegurando una visión integral y una articulación efectiva entre las áreas de salud pública, prestación de servicios, aseguramiento y financiamiento.
Entre sus funciones, el Comité aprobará los lineamientos técnicos de operación, formulará recomendaciones para aumentar los recursos presupuestales y servirá como instancia de seguimiento a los compromisos adquiridos en los espacios de participación de víctimas.
Ejes centrales del nuevo modelo operativo
El proyecto estructura la operación del PAPSIVI en un modelo basado en la atención diferencial, la accesibilidad, la calidad y la proactividad. Este modelo se desarrollará a través de seis procesos clave:
- Proceso de Atención Integral en Salud.
- Proceso de Articulación Interinstitucional e Intersectorial.
- Proceso de Fortalecimiento de las Competencias del Talento Humano.
- Proceso de participación activa de las víctimas.
- Proceso de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación.
- Proceso de planeación y gestión financiera.
Innovaciones en la atención directa a las víctimas
Para garantizar una atención verdaderamente integral, el proyecto introduce los
Equipos de Atención Integral, que deberán ser conformados por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS). Estos equipos estarán compuestos por profesionales de medicina, enfermería, psicología y trabajo social, e incluirán a un
Promotor Comunitario en Salud, quien deberá ser una persona reconocida como víctima del conflicto.
Estos equipos serán responsables de formular un
Plan de Atención Integral en Salud para cada persona, familia o comunidad, abordando las necesidades físicas, mentales y psicosociales identificadas.
Además, el proyecto se articula con la nueva Política Nacional de Salud Mental mediante los
Centros de Referencia Regional para la Atención en Salud Mental, que coordinarán y monitorearán la atención en sus territorios de influencia, garantizando una correcta referencia y contrarreferencia de pacientes.
Criterios claros para la financiación y el alcance
El proyecto busca resolver las deficiencias de normativas anteriores estableciendo criterios técnicos y objetivos para la distribución de los recursos destinados a la atención psicosocial. La asignación de fondos a los municipios priorizará factores como la concentración de víctimas, la pertenencia a zonas PDET o ZOMAC y la demanda potencial de atención en zonas rurales.
A continuación, se presentan los criterios de distribución definidos en el artículo 44:
| Criterio |
Descripción |
| Proporción de víctimas |
Proporción de víctimas del conflicto armado respecto a la población total del municipio o distrito. |
| Reconocimiento oficial |
Número de víctimas reconocidas en decisiones judiciales o administrativas en la entidad territorial. |
| Priorización territorial |
Entidades territoriales priorizadas en programas PDET o ZOMAC. |
| Demanda potencial |
Municipio con mayor demanda potencial de atención psicosocial por departamento, incluyendo áreas rurales. |
| Cofinanciación |
Territorios que hayan usado recursos propios para cofinanciar el Programa en la vigencia anterior. |
El impacto esperado de esta resolución es de amplio alcance, pues su cumplimiento es obligatorio para entidades territoriales, EPS e IPS de todo el país. Con estas medidas, se busca fortalecer la capacidad institucional del sector salud para responder de manera integral y diferencial al daño causado por el conflicto, promoviendo la rehabilitación como una medida clave en la reparación a las víctimas.