Consejo de Estado se abstiene de decidir conflicto de competencias entre Comisión Seccional de Disciplina Judicial y Secretaría de Integración Social de Bogotá
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 12:9:40
Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su Sala de Consulta y Servicio Civil, emitió un auto mediante el cual se abstuvo de resolver un conflicto negativo de competencias administrativas suscitado entre la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá y la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Secretaría de Integración Social de Bogotá. La providencia, dictada en segunda instancia administrativa, se enmarca en el ejercicio de la función de resolver conflictos de competencia, prevista en los artículos 39 y 112 de la Ley 1437 de 2011, modificados por la Ley 2080 de 2021.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una queja disciplinaria presentada en febrero de 2023 contra una comisaría de familia de Kennedy 3, por presuntas irregularidades en la atención de medidas de protección en casos de violencia intrafamiliar. La Secretaría de Integración Social de Bogotá, a través de su Oficina de Control Disciplinario Interno, abrió investigación disciplinaria en marzo de 2023. Posteriormente, en noviembre de 2024, dicha oficina se abstuvo de continuar con el proceso argumentando falta de competencia, y remitió el caso a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial, en atención a la Ley 2430 de 2024, que asigna competencia para conocer de procesos disciplinarios contra autoridades que ejercen funciones jurisdiccionales de manera excepcional, transitoria u ocasional. No obstante, en febrero de 2025, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial también declaró su falta de competencia para conocer del caso, basándose en la irretroactividad de la Ley 2430 de 2024, pues los hechos investigados ocurrieron antes de la entrada en vigencia de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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