Consejo de Estado define trámite procedente para recurso contra auto que rechaza demanda de pérdida de investidura
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 12:17:29
Contexto y tribunal competente
La decisión fue proferida por la Sala Quinta Especial de Decisión del Consejo de Estado, en ejercicio de la primera instancia en el trámite de procesos relacionados con la pérdida de investidura de congresistas. Este proceso sancionatorio se regula principalmente por la Ley 1881 de 2018, que establece un procedimiento en doble instancia ante el Consejo de Estado: la primera a cargo de las Salas Especiales de Decisión y la segunda a cargo de la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, excluyendo la participación de los magistrados que emitieron la decisión en primera instancia.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó con la presentación de una demanda de pérdida de investidura contra un congresista que ejerció su cargo entre 2018 y 2022. La Sala Quinta Especial de Decisión rechazó dicha demanda mediante auto fechado el 21 de julio de 2025. Posteriormente, el demandante intentó interponer un recurso de súplica contra este auto, recurso que fue objeto de análisis por el Consejo de Estado para determinar su procedencia y cumplimiento de requisitos formales.Consideraciones jurídicas de la providencia
El análisis de la Sala se centró en la procedencia del recurso interpuesto contra el auto que rechazó la demanda de pérdida de investidura. En primer lugar, se recordó que conforme al artículo 1° de la Ley 1881 de 2018, el proceso de pérdida de investidura es sancionatorio y debe tramitarse en doble instancia ante el Consejo de Estado, con apelación ante la Sala Plena como mecanismo de revisión. En segundo término, se destacó que la Ley 1881 de 2018 consagra expresamente la apelación...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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