Consejo de Estado confirma amparo al derecho fundamental de petición y declara carencia de objeto frente a Presidencia de la República
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 12:31:32
Contexto y antecedentes del proceso
En un reciente auto proferido por la Sección Quinta del Consejo de Estado en el marco de una acción de tutela, se resolvió un caso relacionado con el derecho fundamental de petición. La accionante, actuando en nombre propio, interpuso la tutela contra la Presidencia de la República, el Ministerio de Educación Nacional y el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag), por la presunta vulneración de este derecho debido a la falta de respuesta a una solicitud radicada el 9 de abril de 2025.
Inicialmente, la Sala Cuarta del Consejo de Estado, en sentencia del 19 de junio de 2025, accedió a la solicitud de amparo. En ella, se estableció que la Presidencia de la República debía responder de manera específica a cinco preguntas planteadas en la petición, concediéndole un plazo de 48 horas para tal efecto. Al Fomag se le ordenó responder a una pregunta concreta del escrito, y se advirtió al Ministerio de Educación Nacional que debía informar sobre la remisión de la petición a otra entidad, la Fiduprevisora.
Posteriormente, la Fiduprevisora, en calidad de vocera del Fomag, interpuso impugnación manifestando que en sus bases de datos no constaba la petición en cuestión. Por su parte, la Presidencia de la República informó haber cumplido con la orden judicial, contestando los puntos señalados.
Razones de la decisión de la Sección Quinta
La Sección Quinta del Consejo de Estado, en auto del 31 de julio de 2025, confirmó la sentencia impugnada. Analizó la impugnación presentada por la Fiduprevisora y concluyó que sí existía prueba suficiente de la radicación de...
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Consejo de Estado confirma amparo al derecho fundamental de petición y declara carencia de objeto frente a Presidencia de la República