Consejo de Estado decreta pruebas y exhorta a cumplir deberes procesales en solicitud de pérdida de investidura
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 12:34:20
Providencia judicial en segunda instancia sobre pérdida de investidura
El Consejo de Estado, en su Sala Plena de lo Contencioso Administrativo y por medio de un auto fechado el 12 de agosto de 2025, conoció la solicitud de pérdida de investidura presentada contra un congresista. Esta providencia se enmarca en el proceso de decisión especial de pérdida de investidura, radicado bajo el número 11001-03-15-000-2025-03442-00.Antecedentes fácticos y procesales
El solicitante interpuso una petición para que se declare la pérdida de investidura de un congresista, argumentando irregularidades relacionadas con la gestión de contratos en una entidad pública de formación técnica y tecnológica. Durante el proceso, se ordenó remitir el expediente para estudio de acumulación de procesos, pero el despacho receptor resolvió no acumularlos, lo que hizo innecesario pronunciarse sobre el recurso de reposición interpuesto contra dicha orden. Adicionalmente, el solicitante llamó la atención sobre el incumplimiento del congresista respecto al deber procesal de enviar a las demás partes los memoriales presentados, conforme al numeral 14 del artículo 78 del Código General del Proceso (CGP) y el artículo 186 de la Ley 1437 de 2011. El congresista no remitió el memorial de contestación radicado el 11 de julio de 2025, lo que podría dar lugar a la imposición de una multa hasta por un salario mínimo legal mensual vigente (1 smlmv) por cada infracción.Consideraciones jurídicas y decisión principal
El Consejo de Estado recordó que, aunque la normativa procesal establece la obligación de notificar electrónicamente a la contraparte, la omisión de este deber no afecta la validez de la actuación procesal. Además, aunque la parte afectada puede solicitar...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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