Consejo de Estado anula negación de registro marcario y ordena otorgar marca “ALPINA CAMEMBERT”
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 12:50:46
Providencia y tribunal
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado de Colombia, conoció en única instancia la acción de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por una empresa solicitante contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), autoridad administrativa encargada de la propiedad industrial. La providencia judicial adoptada el 26 de junio de 2025 analiza tres resoluciones emanadas de la SIC que negaron la inscripción de la marca “ALPINA CAMEMBERT” para productos de la Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza, correspondiente a leche y productos lácteos, quesos y grasas comestibles.Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante solicitó el registro del signo mixto “ALPINA CAMEMBERT” para identificar productos lácteos, solicitud que fue publicada sin oposición en la gaceta de propiedad industrial. Sin embargo, la Directora de Signos Distintivos de la SIC emitió la Resolución 3131 del 28 de enero de 2011 negando el registro por considerar que el signo podía inducir a error sobre la procedencia geográfica, dado que “Camembert” es una denominación de origen protegida en Europa para un queso francés reconocido. Contra esta decisión, la empresa interpuso recursos de reposición y apelación, los cuales fueron resueltos en igual sentido por las autoridades administrativas competentes, confirmando la negación del registro mediante las resoluciones 14405 de marzo de 2011 y 14034 de marzo de 2012. La demandante acudió entonces a la jurisdicción de lo contencioso administrativo solicitando la nulidad de estas resoluciones y el restablecimiento de su derecho para que se concediera el registro de la marca, argumentando que el signo no era engañoso ni inducía a confusión,...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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