Consejo de Estado anula registro de marca “MULTILATINA DE SERVICIOS” por riesgo de confusión con lema comercial registrado
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 13:7:28
Providencia judicial y contexto procesal
El Consejo de Estado, mediante la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en única instancia, analizó la acción de nulidad relativa promovida contra la Resolución número 87256 de 5 de noviembre de 2015, emitida por la Superintendencia Delegada para la Propiedad Industrial de la SIC. Dicha resolución revocó una decisión inicial que había denegado el registro de la marca nominativa “MULTILATINA DE SERVICIOS” solicitada por una sociedad extranjera, concediendo finalmente su registro para distinguir servicios comprendidos en la Clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza.
La demanda fue presentada por una entidad bancaria colombiana, titular del lema comercial “UNA BANCA MULTILATINA” registrado en las clases 16, 35, 36 y 38 de la Clasificación de Niza. La actora argumentó que la marca concedida es ortográfica y fonéticamente idéntica a su lema comercial, que la expresión “MULTILATINA” no es de uso común ni genérica, y que existe conexidad competitiva entre los servicios que ambas expresiones distinguen, lo que genera un riesgo real de confusión para el consumidor.
Antecedentes y alegatos de las partes
El proceso inició con la solicitud de registro de la marca “MULTILATINA DE SERVICIOS” en 2013 por parte de GLOBAL INVESTMENT & TRADING MANAGEMENT INC. La entidad bancaria opuso el registro alegando confundibilidad con su lema comercial. La Dirección de Signos Distintivos de la SIC declaró fundada la oposición inicialmente, pero esta decisión fue revocada en apelación por el Superintendente Delegado, quien concedió el registro.
En la demanda, la actora sostuvo que la Superintendencia infringió varios artículos de la Decisión 486 de la Comunidad Andina, del Código...
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