Consejo de Estado prescinde de audiencia inicial y fija litigio en caso de nulidad contra resolución de Superintendencia de Industria y Comercio
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 13:8:33
Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, emitió un auto interlocutorio el primero de agosto de 2025, en el marco de un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. Esta providencia se pronuncia sobre la procedencia de celebrar o no la audiencia inicial prevista en el proceso administrativo contencioso. De acuerdo con la normativa vigente, el tribunal decidió prescindir de esta audiencia y fijar el litigio, conforme a lo dispuesto en el artículo 182A del CPACA, incorporado por la Ley 2080 de 2021.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso fue iniciado por una sociedad que impugnó una resolución de la Superintendencia Delegada para la Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio. La resolución objeto de la demanda negó el registro de una marca mixta para distinguir productos en la Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza. La controversia se centra en determinar si dicha resolución vulnera el artículo 136, literal a), de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, norma aplicable al caso. El actor solicitó, en el escrito de demanda, la práctica de ciertas pruebas documentales adicionales, relacionadas con la titularidad de otras marcas que incorporan una imagen similar a la controvertida. Sin embargo, el tribunal observó que no se acreditó que tales documentos hubiesen sido solicitados previamente a la autoridad administrativa, requisito indispensable conforme a los artículos 78 y 173 del Código General del Proceso, aplicables al proceso contencioso administrativo.Consideraciones jurídicas y fundamentos de la providencia
El auto interlocutorio se basa...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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