Consejo de Estado prescinde audiencia inicial y fija litigio en caso de nulidad de registro marcario
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 13:9:9
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, en Bogotá, dentro de un proceso de control de nulidad y restablecimiento del derecho. La actuación corresponde a un auto interlocutorio fechado el primero de agosto de 2025, cuyo objeto es resolver sobre la procedencia de la audiencia inicial y la valoración de pruebas en el litigio.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó por la impugnación de dos resoluciones expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), que negaron el registro como marca del signo nominativo “BEHR PREMIUM” para productos clasificados en la clase 2 de la Clasificación Internacional de Niza. Dichas decisiones se adoptaron tras la oposición presentada por una sociedad del sector, que interviene como tercero interesado en el proceso contencioso administrativo. La parte actora presentó demanda solicitando la nulidad de las mencionadas resoluciones por supuesta vulneración de los artículos 136, literales a) y h), de la Decisión 486 de 2000, norma que regula aspectos de propiedad industrial en el contexto de la Comunidad Andina.Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El Consejo de Estado valoró la posibilidad de prescindir de la audiencia inicial, prevista en el artículo 180 del CPACA, a la luz del artículo 182A de la misma ley, modificado por la Ley 2080 de 2021. Esta norma permite dictar sentencia anticipada en asuntos de puro derecho, cuando no sea necesario practicar pruebas adicionales y cuando las aportadas sean exclusivamente documentales y no hayan sido objeto de tacha o desconocimiento. Tras analizar el expediente, el tribunal concluyó que...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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