Consejo de Estado prescinde de audiencia inicial y fija litigio en proceso sobre registro marcario ante la Superintendencia de Industria y Comercio
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 13:17:10
Contexto y naturaleza de la providencia
El pasado primero de agosto de 2025, la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera del Consejo de Estado profirió un auto interlocutorio dentro del medio de control de nulidad relativa presentado contra resoluciones emitidas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). La providencia tiene como objeto principal determinar la procedencia de prescindir de la audiencia inicial prevista en el proceso y fijar el litigio para avanzar hacia una sentencia anticipada.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de la solicitud de nulidad de dos resoluciones expedidas por la SIC, mediante las cuales se concedió el registro de una marca mixta para distinguir productos clasificados en las clases 9, 38 y 42 según la Clasificación Internacional de Niza. La parte demandante cuestiona la legalidad de dichos actos administrativos, alegando posibles vulneraciones a los artículos 136, literales a) y h), de la Decisión 486 de 2000 de la Comunidad Andina de Naciones, normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Durante la tramitación, el despacho judicial advirtió que no se había fijado fecha para la audiencia inicial y que las pruebas presentadas por las partes eran exclusivamente documentales. En virtud de ello, se evaluó la posibilidad de aplicar el artículo 182A del CPACA, modificado por la Ley 2080 de 2021, que regula la sentencia anticipada en procesos administrativos.Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El artículo 182A del CPACA establece que el juez puede dictar sentencia anticipada antes de la audiencia inicial cuando el asunto sea de puro derecho, no haya necesidad de practicar pruebas o cuando...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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