Consejo de Estado prescinde de audiencia inicial y fija litigio en caso de nulidad relativa sobre registros marcarios
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 13:18:38
Contexto y tribunal que profiere la providencia
La providencia en cuestión fue dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, máxima instancia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo en Colombia. Se trata de un auto interlocutorio emitido el primero de agosto de 2025, en el marco de una acción de nulidad relativa contra resoluciones expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de la impugnación de varias resoluciones de la SIC, mediante las cuales se concedieron registros de marcas nominativas a una sociedad comercial para distinguir productos en las clases 29 y 32 de la Clasificación Internacional de Niza. La parte actora solicitó la nulidad de dichas resoluciones y la cancelación de los registros otorgados, alegando presuntas vulneraciones a la normativa comunitaria en materia de propiedad intelectual, específicamente a lo previsto en el artículo 136, literal a), de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina. En el proceso administrativo y contencioso, se aportaron únicamente pruebas documentales, sin que se requiriera la práctica de pruebas adicionales en audiencia. La audiencia inicial, prevista en el artículo 180 del CPACA, no se había fijado ni celebrado al momento de la emisión del auto.Consideraciones principales de la providencia
El Consejo de Estado fundamentó su decisión en el artículo 182A del CPACA, modificado por la Ley 2080 de 2021, que regula la posibilidad de dictar sentencia anticipada en determinadas circunstancias. Según esta norma, el juez puede prescindir de la audiencia inicial y dictar sentencia anticipada cuando:- Se trate...
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