Consejo de Estado decide sobre excepciones previas en proceso de nulidad absoluta de registro marcario
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 13:21:48
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado primero de agosto de 2025, la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera del Consejo de Estado, profirió un auto interlocutorio en un proceso de nulidad absoluta. La acción fue iniciada por una sociedad que solicitó la nulidad de una resolución expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), mediante la cual se concedió el registro de una marca nominativa a favor de un tercero con interés directo en el proceso.
El auto interlocutorio en cuestión tiene por objeto resolver las excepciones previas formuladas en el proceso, trámite previsto en el parágrafo 2º del artículo 175 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021. Esta etapa procesal es clave para determinar si existen impedimentos de orden procesal que puedan obstruir la continuación del trámite.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad actora ejerció la acción de nulidad absoluta, conforme al artículo 172 de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, contra la resolución que otorgó un registro marcario. El tercero interesado, titular del registro concedido, formuló una excepción previa denominada “falta de legitimidad en la causa”, argumentando que la accionante eligió incorrectamente el tipo de acción judicial y que, además, el término para interponer la acción adecuada habría caducado.
El actor respondió señalando que la excepción pretende introducir un argumento de caducidad bajo la figura de una falta de legitimación, pero aclaró que, para la nulidad absoluta de marcas, no existe plazo de caducidad, y que la acción interpuesta es la procedente....
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Consejo de Estado decide sobre excepciones previas en proceso de nulidad absoluta de registro marcario