Consejo de Estado confirma negación de patente por falta de nivel inventivo en caso de lámparas interactivas
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 13:24:32
Contexto y antecedentes del proceso
El Consejo de Estado, a través de su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, emitió sentencia en única instancia el 3 de julio de 2025, en el proceso identificado con el número único de radicación 11001-03-24-000-2019-00526-00. La acción fue promovida por una universidad que solicitó la nulidad de dos resoluciones emitidas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), mediante las cuales se negó la concesión de una patente para una invención titulada "Lámparas de luz generadoras de nuevas experiencias estéticas en personas y otros seres, mediante el uso de sistemas interactivos físicos".
Los actos administrativos cuestionados fueron:
- Resolución N° 80173 de 5 de diciembre de 2017, que denegó la patente por falta de nivel inventivo.
- Resolución N° 31756 de 30 de julio de 2019, que confirmó la decisión en el recurso de reposición interpuesto.
La solicitud inicial fue presentada ante la SIC el 30 de septiembre de 2015. Durante el trámite se realizaron requerimientos técnicos y formales, a los cuales la actora respondió, pero finalmente la entidad determinó que la invención no cumplía el requisito de nivel inventivo, conforme a lo previsto en la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Consideraciones técnicas y jurídicas de la providencia
La controversia central se enfocó en determinar si la invención cumplía con el requisito de nivel inventivo establecido en los artículos 14 y 18 de la Decisión 486. Este requisito exige que la invención no sea obvia para una persona del oficio normalmente versada...
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