Consejo de Estado prescinde de audiencia inicial y fija litigio en acción de nulidad relativa sobre registro de marca
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 13:26:31
Contexto y tribunal que profiere la providencia
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en calidad de tribunal de segunda instancia, emitió un auto interlocutorio en el marco de una acción de nulidad relativa. Esta providencia se pronuncia sobre la procedencia de la audiencia inicial prevista en el artículo 180 del CPACA y la posibilidad de prescindir de ella conforme a las reformas introducidas por la Ley 2080 de 2021.Antecedentes fácticos y procesales
La acción de nulidad relativa fue interpuesta contra dos resoluciones administrativas emanadas de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en las cuales se concedió el registro como marca a un signo mixto para distinguir servicios específicos clasificados en la clase 32 de la Clasificación Internacional de Niza. La demandante cuestiona la validez de dichas resoluciones, alegando que vulneran disposiciones contenidas en los artículos 134 y 136, literal a), de la Decisión 486 de 2000, así como el artículo 29 de la Constitución Política. El proceso se encontraba pendiente de fijar fecha para la realización de la audiencia inicial, en la cual habitualmente se practican pruebas y se define el objeto del litigio.Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El tribunal analizó la procedencia de aplicar el artículo 182A del CPACA, incorporado mediante el artículo 42 de la Ley 2080 de 2021, que establece la posibilidad de dictar sentencia anticipada antes de la audiencia inicial en casos que cumplan ciertos requisitos:- Que se trate de asuntos de puro derecho.
- Que no sea necesario practicar pruebas en audiencia.
- Que las pruebas aportadas sean exclusivamente documentales y no hayan sido objetadas.
- Que las...
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