Consejo de Estado prescinde de audiencia inicial en acción de nulidad relativa sobre registro de marca
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 13:29:42
Providencia dictada por la Sección Primera del Consejo de Estado
La providencia objeto de análisis corresponde a un auto interlocutorio emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, en la ciudad de Bogotá, D.C., en primera instancia. La decisión se refiere a una acción de nulidad relativa instaurada contra una resolución administrativa de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), relacionada con la concesión del registro de una marca para distinguir productos en la clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se inició con la presentación de una acción de nulidad relativa contra la Resolución emitida por la Dirección de Signos Distintivos de la SIC, mediante la cual se concedió el registro de la marca nominativa en cuestión. El actor solicitó la nulidad del acto administrativo argumentando que la resolución vulneraba ciertos artículos de la Decisión 486 de 2000, normativa comunitaria aplicable en materia de propiedad intelectual.
Durante el trámite, se evidenció que no existían pruebas adicionales por practicar en audiencia, ya que todas las pruebas aportadas eran documentales, presentadas tanto con la demanda como con la contestación de la misma por parte de la autoridad demandada. En consecuencia, el Despacho aún no había fijado fecha para la audiencia inicial prevista en el artículo 180 del CPACA.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El Consejo de Estado aplicó lo dispuesto en el artículo 182A del CPACA, incorporado mediante el artículo 42 de la Ley 2080 de 2021, que permite dictar sentencia anticipada y prescindir de la audiencia inicial en casos donde se...
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