Consejo de Estado prescinde de audiencia inicial y fija litigio en caso de nulidad sobre registro de marca en propiedad industrial
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 13:40:2
Contexto y tribunal competente
El auto interlocutorio fue emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, en Bogotá D.C., dentro del trámite de un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, identificado con el número único de radicación 11001-03-24-000-2021-00552-00. La providencia se expidió el primero de agosto de 2025 y se orienta a la etapa previa a la audiencia inicial, la cual inicialmente estaba pendiente de fijación.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso tiene su origen en la solicitud de nulidad contra dos resoluciones expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), a través de sus autoridades delegadas en materia de propiedad industrial. Dichas resoluciones negaron el registro como marca del signo mixto denominado “FLIXLATINO” para productos y servicios clasificados en las clases 9ª y 38, según la Clasificación Internacional de Niza.
El actor, una sociedad extranjera dedicada a actividades de entretenimiento digital, impugnó dichas decisiones administrativas ante la jurisdicción contencioso administrativa, buscando que se declare la nulidad de los actos por presunta vulneración del literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de 2000, norma que regula aspectos sustantivos de la propiedad industrial en el ámbito de la Comunidad Andina.
Durante la tramitación, el juez ponente constató que no existían pruebas adicionales por practicar y que la controversia versaba exclusivamente sobre cuestiones jurídicas derivadas de la interpretación y aplicación de normas comunitarias y nacionales.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El Consejo de Estado basó su decisión en el artículo 182A del CPACA, adicionado por el artículo 42 de la Ley 2080 de 2021, que...
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