Consejo de Estado prescinde de audiencia inicial y fija litigio en acción de nulidad relativa sobre registro marcario
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 13:43:35
Providencia dictada por la Sección Primera del Consejo de Estado
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, proferó un auto interlocutorio en el marco de una acción de nulidad relativa. La providencia se emitió en primera instancia y tiene como objeto principal decidir sobre la procedencia de prescindir de la audiencia inicial prevista en los procesos contencioso administrativos.Antecedentes fácticos y procesales
El litigio se originó a partir de la impugnación de la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) que concedió el registro de marca a un signo mixto para productos clasificados en la clase 9 de la Clasificación Internacional de Niza. La demandante solicitó la nulidad de la resolución que revocó una decisión anterior que había declarado infundada su oposición al registro de dicha marca. En el proceso, las pruebas aportadas son exclusivamente documentales, presentadas tanto con la demanda como con la contestación. No se solicitó la práctica de pruebas adicionales que requieran diligencias en audiencia. De acuerdo con los antecedentes, se identificó la necesidad de resolver si existía vulneración al literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de 2000 y la posible configuración de falsa motivación en el acto administrativo cuestionado.Consideraciones jurídicas de la providencia
El tribunal fundamentó su decisión en lo establecido en el artículo 182A del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), introducido por la Ley 2080 de 2021, que regula la sentencia anticipada y permite prescindir de la audiencia inicial en ciertos supuestos. Según dicho artículo, el juez puede dictar sentencia anticipada cuando se trate de asuntos de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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