Consejo de Estado prescinde de audiencia inicial y fija litigio en caso de nulidad de registro de marca
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 13:48:13
Providencia proferida por el Consejo de Estado en segunda instancia
El auto interlocutorio fue proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera del Consejo de Estado, en Bogotá, D.C., en segunda instancia dentro del proceso radicado bajo el número 11001-03-24-000-2022-00068-00.
Este medio de control se instauró contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), entidad demandada, por parte de una sociedad que busca la nulidad de varias resoluciones relacionadas con la denegación del registro como marca del signo mixto "ESTÂNCIA 92", tanto para productos como para servicios comprendidos en las clases 29 y 35 de la Clasificación Internacional de Niza.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso tiene su origen en la negativa por parte de la SIC de conceder el registro de la mencionada marca. La parte actora interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho cuestionando cuatro resoluciones específicas emitidas por la Dirección de Signos Distintivos y la Superintendencia Delegada para la Propiedad Industrial, las cuales resolvieron negar el registro solicitado.
Durante la tramitación del proceso, la Sala advirtió que no existía necesidad de practicar pruebas adicionales, ya que toda la evidencia aportada era de naturaleza documental y estaba contenida en la demanda y en la contestación de la misma. Por ello, se analizó la posibilidad de aplicar el artículo 182A del CPACA, modificado por la Ley 2080 de 2021, que permite prescindir de la audiencia inicial en casos de puro derecho sin pruebas pendientes.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El artículo 182A del CPACA establece que en asuntos de puro derecho, en los que no haya pruebas por practicar o cuando...
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