Consejo de Estado rechaza solicitud de sentencia de unificación jurisprudencial en proceso administrativo
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 13:50:2
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, Sección Primera, emitió un auto interlocutorio el 1º de agosto de 2025, en el que resolvió sobre una solicitud de sentencia de unificación jurisprudencial. Esta figura procesal, prevista en el artículo 271 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA), permite que el Consejo de Estado asuma el conocimiento de asuntos pendientes de fallo para unificar criterios jurisprudenciales cuando existan razones de importancia jurídica, trascendencia económica o social, o necesidad de sentar jurisprudencia. En este caso, la solicitud fue presentada por el demandante dentro de un proceso de nulidad que se tramita en segunda instancia ante un Tribunal Administrativo Regional. El propósito era que el Consejo de Estado asumiera el conocimiento del proceso para emitir una sentencia de unificación jurisprudencial sobre un tema controvertido relativo al control de legalidad en la creación de actos administrativos municipales, específicamente en torno a la validez oponibilidad del control ejercido por gobernadores sobre acuerdos municipales.Antecedentes fácticos y procesales
El demandante planteó que existía diferencia en la interpretación judicial sobre si la falta de revisión de legalidad por parte del gobernador en la creación de un acuerdo municipal afecta la validez del acto administrativo o solo su oponibilidad. Argumentó que esta divergencia implicaba una cuestión jurídica de gran importancia, con impacto económico y social, y que justificaba la intervención del Consejo de Estado mediante una sentencia de unificación jurisprudencial. El auto interlocutorio expone que, conforme al artículo 271 del CPACA, para que el Consejo...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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