Consejo de Estado confirma suspensión provisional del Decreto presidencial que convoca consulta popular nacional
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 14:0:33
Providencia adoptada por la Sección Quinta del Consejo de Estado
El Consejo de Estado, en su calidad de máxima autoridad judicial en materia contencioso administrativa, específicamente la Sección Quinta, emitió un auto en el proceso de nulidad instaurado contra el Decreto 0639 de 2025, expedido por el Presidente de la República. La providencia judicial se pronuncia sobre la medida cautelar solicitada por los demandantes, quienes solicitaron la anulación y suspensión provisional del decreto que convocaba a una consulta popular nacional.Antecedentes fácticos y procesales
Los demandantes argumentaron que el decreto vulneraba la Constitución Política, haciendo referencia a varios artículos, entre ellos el preámbulo y los artículos 1, 2, 4, 6, 83, 104, 113 y 241, numerales 2 y 3, así como normas de la Ley 1757 de 2015. La demanda se sustentó en ocho cargos que apuntaban principalmente a la falta de cumplimiento de requisitos constitucionales y legales para la convocatoria de la consulta. Por su parte, el Presidente de la República y los Ministerios de Educación Nacional y de Vivienda, Ciudad y Territorio se opusieron a la suspensión provisional solicitada. Alegaron que la medida era improcedente por sustracción de materia, dado que el decreto había sido derogado y, por tanto, carecía de efectos vigentes. Subsidiariamente, el Ministerio de Educación Nacional planteó que el Consejo de Estado carecía de competencia para conocer del caso, argumentando que la Corte Constitucional es la autoridad exclusiva para controlar las consultas populares de orden nacional, conforme al artículo 241.3 de la Constitución Política. El Ministerio Público se pronunció a favor de mantener la suspensión provisional decretada previamente en una...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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