Consejo de Estado remite a la Corte Constitucional demanda contra sanción de ley por el Presidente del Senado
Proviene de: Sentencias
22 de agosto de 2025 14:49:20
Competencia y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su calidad de máximo tribunal en materia contencioso administrativa, profirió un auto interlocutorio en el trámite de un medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). En esta providencia, la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, resolvió remitir el expediente a la Corte Constitucional por competencia, dada la naturaleza del acto cuestionado, relacionado con la sanción de una ley por el Presidente del Senado.
Antecedentes fácticos y procesales
Un ciudadano interpuso demanda de nulidad contra el acto administrativo mediante el cual el Presidente del Senado sancionó la Ley 479 de 2024. Esta sanción fue expedida en ejercicio de la facultad constitucional prevista en el artículo 168 de la Constitución Política, que establece que si el Presidente de la República no sanciona una ley en los términos y condiciones establecidos, esta será sancionada y promulgada por el Presidente del Congreso.
El demandante solicitó además la suspensión provisional de los efectos de dicho acto. La controversia gira en torno a la legitimidad y competencia para conocer de este acto de sanción de la ley, que forma parte del proceso legislativo contemplado en el artículo 157 de la Constitución Política.
Consideraciones jurídicas del Consejo de Estado
El auto interlocutorio recuerda que el artículo 157 constitucional establece los requisitos para que un proyecto de ley se convierta en ley, entre ellos, la sanción por parte del Gobierno. La Corte Constitucional ha señalado en reiterada jurisprudencia —como en la sentencia C-492 de 1997— que la sanción...
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