Consejo de Estado admite acción especial de revisión contra sentencia del Tribunal Administrativo de Antioquia
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 14:6:52
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia objeto de análisis corresponde a un auto proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A, el 8 de agosto de 2025. En esta actuación, dicho tribunal admitió una acción especial de revisión presentada por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). Esta acción tiene por objeto revisar una sentencia emitida el 12 de abril de 2023 por el Tribunal Administrativo de Antioquia, dentro de un proceso judicial identificado con el radicado número 05001-33-33-023-2014-01336-01.Antecedentes fácticos y procesales
La controversia gira en torno a la coexistencia de dos pensiones pagadas a una misma beneficiaria: una pensión de jubilación convencional ordenada a la UGPP y una pensión de vejez reconocida por la entidad sucesora del Instituto de Seguros Sociales (Colpensiones). La UGPP cuestiona la compatibilidad de estas prestaciones, lo que motivó la interposición de la acción especial de revisión contra la sentencia que ordenó el pago de la primera pensión. En el proceso inicial, el Tribunal Administrativo de Antioquia había reconocido el derecho a la pensión convencional, lo que generó el conflicto con la pensión de vejez ya sustituida a favor de la beneficiaria. La UGPP, como entidad demandante en esta revisión, argumenta que dicha coexistencia es incompatible y solicita la revisión de la sentencia que ordenó la primera pensión.Consideraciones jurídicas y fundamentos del auto
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