Consejo de Estado anula liquidación de contribución especial de 2020 por falta de fundamento jurídico
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 14:12:23
Providencia judicial en única instancia del Consejo de Estado
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, profirió en única instancia una sentencia que resuelve un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido contra actos administrativos expedidos por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). Estos actos reglamentaron y liquidaron la contribución especial a favor de la CREG para el año 2020, dirigida a sujetos prestadores de la cadena de combustibles líquidos.Antecedentes fácticos y procesales
En diciembre de 2020, la CREG emitió dos resoluciones: la primera ordenó la publicación de un proyecto para reglamentar la presentación de información financiera y contable relacionada con la contribución especial; la segunda reglamentó el procedimiento para el cálculo, liquidación, cobro, recaudo y fiscalización de dicha contribución para los prestadores de la cadena de combustibles líquidos. Con base en estos actos, la CREG expidió la liquidación oficial de la contribución especial para el año gravable 2020 a cargo del contribuyente demandante, fijando un valor cercano a los ciento cincuenta y tres millones de pesos colombianos. La empresa interpuso recurso de reposición que fue confirmado por la entidad. Ante ello, el contribuyente presentó demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, invocando la vulneración de principios constitucionales como el respeto a la cosa juzgada, la irretroactividad tributaria, la equidad y la buena fe. Alegó que el artículo 18 de la Ley 1955 de 2019, base normativa para la liquidación, había sido declarado inexequible por la Corte Constitucional, con efectos inmediatos para el periodo en cuestión, por lo que los actos administrativos posteriores carecían de fundamento...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias