Consejo de Estado define trámite de excepciones y aplica sentencia anticipada en proceso contra reglamentación de convocatoria para magistrados
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 14:17:44
Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su calidad de máxima autoridad judicial en materia contencioso administrativa, a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, emitió un auto procesal en el marco del proceso de nulidad instaurado contra el Acuerdo PSAA16-10553 del 4 de agosto de 2016, expedido por el Consejo Superior de la Judicatura. Este acuerdo regula la convocatoria pública para conformar las listas de aspirantes a magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado. El auto proferido por el magistrado ponente se dictó en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, en particular el parágrafo 2º del artículo 175 del CPACA, modificado por la Ley 2080 de 2021, y abordó principalmente la resolución de las excepciones planteadas por la parte demandada, así como la procedencia de la aplicación de la figura de la sentencia anticipada prevista en el artículo 182A del mismo código.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada por un ciudadano que solicitó la nulidad del Acuerdo PSAA16-10553 de 2016, argumentando que el Consejo Superior de la Judicatura carecía de competencia para reglamentar la convocatoria pública para la conformación de listas de aspirantes a magistrados, dado que esta función es exclusiva del legislador conforme al artículo 231 de la Constitución Política y la reserva de ley estatutaria establecida en el Acto Legislativo 02 de 2015. El demandante fundamentó su pretensión en la supuesta vulneración de varios artículos constitucionales, entre ellos los 231, 256 y 257, y en normas de la Ley 270 de 1996 modificada por la Ley 2430 de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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