Consejo de Estado confirma competencia para revisar nulidad de decreto presidencial sobre consulta popular
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 14:24:5
Contexto y antecedentes del proceso
La decisión fue proferida por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el marco de un proceso de nulidad instaurado por la Federación Nacional de Comerciantes Empresarios contra el Decreto Presidencial 0639 de 2025, mediante el cual se convocaba a una consulta popular nacional. La demanda fue admitida mediante auto el 25 de julio de 2025, lo que dio inicio formal al trámite judicial.
Posteriormente, el Ministerio de Transporte interpuso un recurso de reposición contra dicha admisión, argumentando que el decreto había sido derogado mediante el Decreto 703 del 24 de junio de 2025, y que, por lo tanto, había carencia actual de objeto para continuar con el proceso. Además, sostuvo que la competencia para conocer el asunto correspondía a la Corte Constitucional, que ya había avocado conocimiento sobre la revisión de constitucionalidad del decreto, y no al Consejo de Estado.
Consideraciones jurídicas y competencia del Consejo de Estado
El Consejo de Estado negó el recurso de reposición y ratificó la admisión de la demanda. En primer lugar, el tribunal recordó que, conforme al artículo 149 numeral 1 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), le corresponde conocer en única instancia de la nulidad de actos administrativos expedidos por autoridades del orden nacional, como es el caso del decreto impugnado.
Asimismo, destacó que la Sección Quinta tiene asignada la competencia para conocer procesos de nulidad contra actos de contenido electoral, incluyendo aquellos referidos a mecanismos de participación ciudadana, como la consulta popular. En este sentido, el decreto demandado,...
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