Consejo de Estado anula contribución especial 2020 y ordena devolución de sumas pagadas por empresa del sector energético
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 14:46:27
Providencia judicial y contexto procesal
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, en segunda instancia, emitió una sentencia el 6 de agosto de 2025 relacionada con la nulidad y restablecimiento del derecho en un proceso contencioso administrativo. La decisión revisó el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Subsección “B”, el 30 de mayo de 2024. El caso se originó a partir de una Liquidación Oficial expedida el 14 de enero de 2021 por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg), que estableció una contribución especial para el año 2020 a cargo de la empresa demandante, vinculada al sector de combustibles líquidos. Esta liquidación fue confirmada mediante una resolución que resolvió un recurso de reposición interpuesto por la empresa. Ante la negativa administrativa, la empresa acudió a la jurisdicción contenciosa administrativa solicitando la nulidad de los actos administrativos, el restablecimiento de su derecho, la devolución del valor pagado por la contribución, y el pago de intereses moratorios conforme a lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).Antecedentes y argumentos de las partes
La empresa demandante argumentó que no era sujeto pasivo de la contribución ni realizaba el hecho generador, pues no es un prestador de servicios públicos sino un agente de la cadena de combustibles líquidos. Además, denunció la violación del debido proceso y la falta de motivación en los actos administrativos, señalando que no hubo un acto previo que precisara los elementos del tributo. También invocó el principio de irretroactividad tributaria,...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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