Consejo de Estado confirma nulidad parcial de liquidación de aportes a seguridad social por caducidad de fiscalización
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 14:48:22
Providencia judicial y tribunal competente
La providencia objeto de análisis corresponde a una sentencia de segunda instancia proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado, con ponencia de la magistrada relatora. Esta decisión resuelve los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia de primera instancia emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección B, en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.Antecedentes fácticos y procesales
El litigio se originó a raíz de una liquidación oficial expedida por la UGPP, mediante la cual se determinaron aportes a salud y pensión a cargo de un trabajador independiente por el año 2014, bajo las conductas de mora, inexactitud y omisión. La UGPP confirmó parcialmente esta liquidación tras resolver un recurso de reconsideración. El demandante interpuso demanda solicitando la nulidad de ambas resoluciones y el restablecimiento de sus derechos, argumentando principalmente que: - No existía un método reglamentado claro para establecer la base gravable de los aportes en el año 2014, especialmente para trabajadores independientes sin contrato de prestación de servicios. - Las autoliquidaciones presentadas gozaban de firmeza debido a la caducidad de la facultad sancionatoria y de fiscalización de la UGPP, que consideró que el requerimiento para declarar y/o corregir fue notificado fuera de plazo. - La UGPP aplicó indebidamente normas declaradas inexequibles y construyó un sistema de presunción de ingresos que no se adecuaba a la realidad ni a la normativa vigente en aquel momento. La UGPP se opuso a las pretensiones, defendiendo la legalidad de sus actuaciones basadas en la normativa aplicable, y argumentando que...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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