Consejo de Estado confirma responsabilidad patrimonial del Ejército Nacional por ataque terrorista en puente de Caquetá
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 14:52:33
Tribunal competente y naturaleza de la providencia
La providencia judicial fue proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C del Consejo de Estado, en segunda instancia, mediante sentencia del 18 de junio de 2025. La Sala resolvió los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia de primera instancia dictada el 16 de abril de 2020 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que había accedido parcialmente a las pretensiones de la demanda de reparación colectiva.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se origina en un ataque armado perpetrado el 10 de marzo de 2014 por un grupo armado ilegal contra una base militar ubicada en un puente sobre el río San Pedro, en la vía que conecta los municipios de La Montañita y Florencia, Caquetá. En el operativo, el Ejército Nacional custodiaba la infraestructura vial, cuando fueron atacados por varios individuos armados que superaban en número a los efectivos militares. El enfrentamiento dejó como saldo la muerte de cuatro militares y heridas a varios civiles que se encontraban en un vehículo de servicio público atrapados en medio del fuego cruzado. Un grupo de demandantes, integrantes de las familias afectadas, presentó una acción de grupo solicitando la declaración de responsabilidad administrativa y patrimonial de la Nación - Ministerio de Defensa, Ejército Nacional, por los perjuicios materiales e inmateriales sufridos, incluyendo daños morales, a la salud, lucro cesante y otras medidas de reparación. Argumentaron que los civiles no estaban obligados a soportar el ataque y que el actuar del Ejército fue imprudente e inadecuado, al disparar sin la debida precaución y provocar daños...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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