Consejo de Estado admite recursos de apelación en caso de nulidad electoral contra alcalde de Florida (Valle del Cauca)
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 15:17:4
Competencia y naturaleza de la providencia
La providencia en cuestión corresponde a un auto proferido por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado. Esta corporación es competente para conocer en segunda instancia los recursos de apelación interpuestos contra sentencias de tribunales administrativos en asuntos de nulidad electoral, conforme a lo previsto en el artículo 150 de la Ley 1437 de 2011 y el literal a) del numeral 7° del artículo 152 de la misma norma. La magistrada ponente dictó el auto para decidir sobre la admisión de los recursos de apelación presentados.Antecedentes fácticos y procesales
El Tribunal Administrativo del Valle del Cauca profirió sentencia el 16 de junio de 2025, mediante la cual negó las pretensiones de una demanda de nulidad electoral que cuestionaba la elección del alcalde de Florida para el periodo 2024-2027. Dicha sentencia fue notificada el 18 de junio de 2025. Posteriormente, se presentó una solicitud de aclaración y adición de la sentencia, la cual fue negada y notificada a principios de julio del mismo año. Este hecho marcó el inicio del cómputo del término para interponer recursos de apelación. En consecuencia, dos demandantes presentaron oportunamente recursos de apelación: uno el 25 de junio y otro el 29 de julio de 2025, argumentando que la decisión de primera instancia debía ser revocada para acceder a las pretensiones de la demanda. Los recursos fueron fundamentados y sustentados dentro de los plazos legales establecidos por la Ley 1437 de 2011.Consideraciones de la providencia
El auto examina la admisibilidad de los recursos de apelación conforme a los...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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