Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas establece nuevos criterios para la ayuda humanitaria a víctimas de hechos diferentes al desplazamiento forzado
Proviene de: Resoluciones
27 de agosto de 2025 19:31:47
Contexto y entidades responsables
La Resolución 01507 de 2025 fue expedida por la Dirección General de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, en ejercicio de sus funciones constitucionales, legales y reglamentarias, conforme a diversas normas colombianas como la Ley 1448 de 2011 y sus modificaciones, la Ley 2421 de 2024, el Decreto Reglamentario 4800 de 2011 y el Decreto Sectorial 1084 de 2015. Esta entidad es la encargada de ejecutar políticas y procedimientos para la atención y reparación integral de las víctimas del conflicto armado interno y otros hechos victimizantes.Tema principal y destinatarios
El asunto central de la resolución es establecer los criterios para el reconocimiento y entrega de ayuda humanitaria a víctimas de hechos diferentes al desplazamiento forzado, tales como actos terroristas, amenazas, desaparición forzada, homicidio, secuestro, tortura, entre otros relacionados con el conflicto armado. La norma se dirige a las víctimas registradas en el Registro Único de Víctimas (RUV), tanto a las víctimas directas como a las indirectas, incluyendo a familiares cercanos y grupos en situación de especial protección constitucional. Este público es relevante porque la ayuda humanitaria tiene como propósito mitigar o impedir la agravación o extensión de las afectaciones sufridas por estas personas a consecuencia de los hechos victimizantes, y garantizar una atención oportuna y adecuada.Objetivo y finalidad de la resolución
El propósito de esta resolución es definir criterios claros, actualizados y ajustados a la realidad de las víctimas para el reconocimiento y entrega de la ayuda humanitaria, con el fin de facilitar el acceso a esta medida, asegurar su gratuidad y efectividad, y atender...Más noticias sobre Derechos Humanos
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