Tribunal Administrativo del Putumayo confirma carencia de objeto en tutela por agendamiento de valoración médica ante Junta Regional de Calificación de Invalidez
Proviene de: Sentencias
27 de agosto de 2025 12:27:5
Providencia judicial en segunda instancia sobre tutela por debido proceso en calificación de invalidez
La Sala Unitaria del Tribunal Administrativo del Putumayo, en calidad de segunda instancia, resolvió la impugnación presentada contra la sentencia del Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Mocoa relativa a una acción de tutela por presunta vulneración del derecho al debido proceso en el agendamiento de valoración médica por parte de la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Bogotá y Cundinamarca.Antecedentes fácticos y procesales
El accionante promovió la acción de tutela el 7 de julio de 2025, planteando la presunta omisión de la Junta Regional de Calificación de Invalidez en la programación y realización de la valoración médica necesaria para la calificación de su estado de invalidez. Esta calificación es requisito indispensable para acceder a una eventual pensión por dicha condición. Los hechos relevantes indican que el accionante sufrió un accidente de tránsito en 1996, con secuelas físicas y neurológicas permanentes. A pesar de ello, culminó sus estudios en ingeniería mecánica, y actualmente depende del cuidado y apoyo económico de su madre, dada su limitación para ejercer su profesión. En abril de 2025, solicitó la calificación de pérdida de capacidad laboral ante Colpensiones, obteniendo un dictamen del 37.80% por enfermedad común, con el cual manifestó inconformidad debido a omisiones diagnósticas. El Juzgado Civil del Circuito de Mocoa tuteló su derecho al debido proceso, ordenando remitir el expediente a la Junta Regional de Calificación de Invalidez. Sin embargo, el accionante denunció que, pese a la recepción del expediente y el pago de honorarios, la junta no había programado la valoración...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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