Consejo de Estado confirma suspensión provisional del Decreto presidencial que convoca consulta popular nacional
Proviene de: Sentencias
27 de agosto de 2025 14:36:30
Contexto y competencia del caso
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, en su calidad de máxima autoridad en materia contencioso-administrativa y electoral, fue la encargada de resolver la solicitud de medida cautelar en contra del Decreto presidencial 0639 del 11 de junio de 2025. Este decreto tenía por objeto convocar a una consulta popular de carácter nacional y dictar disposiciones relacionadas. La providencia se emitió en el marco de un proceso de nulidad instaurado por un ciudadano interesado, que cuestionó la legalidad del acto administrativo.Antecedentes fácticos y procesales
El demandante interpuso demanda el 16 de junio de 2025, solicitando la suspensión provisional y posterior anulación del decreto de convocatoria a consulta popular. Argumentó que, conforme al artículo 104 de la Constitución Política de 1991, para que el Presidente de la República pueda promover una consulta popular nacional es requisito indispensable contar con el concepto previo y favorable del Senado de la República. En este caso, el Senado negó tal concepto, con una votación de 49 votos en contra frente a 47 a favor, tras la solicitud presentada por el Ejecutivo el 1° de mayo de 2025. Pese a esta decisión de la corporación legislativa, el Presidente expidió el Decreto 0639, convocando a la consulta para el 7 de agosto de 2025. Ante esta situación, el demandante invocó la vulneración del artículo 104 de la Constitución y de los artículos 31 y 32 de la Ley 1757 de 2015, que también exigen el concepto previo favorable del Senado para la convocatoria de consultas populares nacionales. Durante el trámite judicial, el...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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